Obligatorio por ley para vender, alquilar o publicitar cualquier inmueble en Cataluña. Realizamos la visita presencial oficial por arquitecto colegiado COAC, modelizamos en software homologado CE3X y registramos la etiqueta en el ICAEN en menos de 24 horas a precio cerrado.
Inspección In Situ + Registro Oficial ICAEN + Etiqueta
Tasa ICAEN incluida
Conforme al Real Decreto 390/2021, de 1 de junio (BOE Núm. 131), ningún inmueble puede venderse, alquilarse o publicitarse sin su etiqueta registrada.
Impone la obligación de disponer del CEE registrado a todos los edificios existentes o partes de edificios (pisos, locales, oficinas, unifamiliares) que se vendan, alquilen a un nuevo arrendatario o se publiciten en portales inmobiliarios.
Exige expresamente que la recopilación de datos de la envolvente térmica, orientación, sombras y sistemas técnicos de calefacción, refrigeración y ACS sea realizada de forma presencial in situ por el técnico competente mediante al menos una visita física al inmueble.
El certificado energético tiene una vigencia general máxima de 10 años. Sin embargo, como novedad jurídica estricta, cuando la calificación energética obtenida sea la letra G (la de menor eficiencia), la validez queda limitada legalmente a un máximo de 5 años.
Remite al régimen sancionador de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana (RDL 7/2015), tipificando como infracciones leves, graves o muy graves la publicidad sin etiqueta, la venta sin certificado registrado o la emisión fraudulenta sin visita presencial con multas de 300 € hasta 6.000 €.
Es el órgano oficial de la Generalitat de Catalunya competente para la gestión del Registro General de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios en Cataluña. Todo certificado debe ser tramitado telemáticamente ante el ICAEN mediante firma electrónica del técnico colegiado y liquidación de la tasa oficial correspondiente.
Tras el registro, el ICAEN emite la Etiqueta Energética Oficial con un número de registro telemático autonómico único y un Código Seguro de Verificación (CSV), permitiendo al notario, registrador o entidad bancaria verificar su autenticidad directamente en la sede electrónica de la Generalitat.
Validez Legal del Certificado
10 años de vigencia general (reducido legalmente a 5 años si la calificación energética es letra G).
Nuestros arquitectos colegiados examinan exhaustivamente los parámetros físicos y termodinámicos que determinan el balance de demanda y consumo de energía de la vivienda. (Duración: 20 a 25 minutos según tamaño y tipología constructiva).

Elementos inspeccionados: Fachadas exteriores, medianeras con edificios colindantes, particiones interiores con zonas comunes (escaleras, rellanos), cubiertas superiores y forjados en contacto con aire exterior o locales no calefactados (parkings, sótanos).
Metodología in situ: Medición láser de superficies, cálculo de áreas netas y verificación de espesores de muro para caracterizar la composición constructiva (ladrillo macizo, cámara de aire, aislamiento térmico SATE o lana de roca).
Impacto en la calificación: Determina la transmitancia térmica global (U) y la inercia térmica del inmueble, evitando penalizaciones de cálculo por valores por defecto desfavorables.
Elementos inspeccionados: Tipo de marco (aluminio sin rotura de puente térmico, aluminio con RPT, PVC o madera), tipo de vidrio (simple de 4 mm, doble tipo Climalit 4/6/4 o bajo emisivo con cámara de argón) y permeabilidad al aire.
Metodología in situ: Inspección visual de perfiles, medición de carpinterías, comprobación de estanqueidad de juntas y caracterización de elementos de sombra fija y móvil (voladizos, persianas de lamas, toldos) para cálculo del factor solar modificado.
Impacto en la calificación: Las ventanas son el punto crítico de pérdidas térmicas en invierno y sobrecalentamiento en verano; una correcta caracterización evita caídas drásticas de letra.
Elementos inspeccionados: Calderas de gas natural estándar, estancas o de condensación; termos eléctricos de acumulación; bombas de calor aerotérmicas; split de aire acondicionado con bomba de calor; radiadores o suelo radiante.
Metodología in situ: Lectura de placa de características técnicas del generador (marca, modelo, potencia nominal útil en kW, año de instalación y combustible), comprobación del estado de conservación y rendimiento estacional estimado.
Impacto en la calificación: El rendimiento de los generadores y el vector energético utilizado (electricidad, gas natural o biomasa) impactan directamente en el factor de paso a energía primaria no renovable y emisiones de CO2.
Elementos inspeccionados: Paneles solares térmicos para contribución de ACS o paneles solares fotovoltaicos para autoconsumo eléctrico.
Metodología in situ: Verificación de superficie de captadores, orientación, inclinación y porcentaje de cobertura solar teórica o potencia pico instalada (kWp).
Impacto en la calificación: Permite desgravar consumo eléctrico directo de la red, mejorando sustancialmente la calificación energética final hasta letras A o B.
ADVERTENCIA TÉCNICO-LEGAL: Emitir un certificado energético sin que el arquitecto colegiado acuda físicamente al inmueble constituye una práctica ilegal tipificada como falta muy grave por el RD 390/2021 y el RDL 7/2015. Conlleva la nulidad radical del certificado, sanciones de hasta 6.000 € para el emisor y propietario, y el riesgo de paralización de la compraventa en notaría.
La escala de calificación energética clasifica los inmuebles mediante siete letras, desde la letra A (edificios de consumo casi nulo de energía y máxima eficiencia) hasta la letra G (edificios con altos consumos, nulo aislamiento y sistemas obsoletos). En el parque residencial habitual de Barcelona, la mayoría de viviendas construidas con anterioridad al Código Técnico de la Edificación de 2006 obtienen calificaciones comprendidas entre las letras E y G.
Cuantifica la cantidad de energía primaria procedente de fuentes fósiles (gas, carbón, petróleo) que la vivienda requiere anualmente para mantener los niveles de confort térmico y suministro de agua caliente sanitaria.
Representa el volumen de gases de efecto invernadero vertidos a la atmósfera como consecuencia del consumo energético de la vivienda. Es el indicador oficial que determina la letra de la Etiqueta Energética.
Mide las necesidades térmicas puras del edificio derivadas de las pérdidas y ganancias de calor a través de su envolvente, con independencia de la eficiencia de las máquinas instaladas.
DEDUCCIONES FISCALES IRPF Y FONDOS NEXT GENERATION: Disponer de un CEE oficial permite al propietario justificar reducciones de demanda superiores al 7% o reducciones de energía primaria no renovable superiores al 30%, accediendo a deducciones en el IRPF de hasta el 60% en obras de rehabilitación energética y subvenciones autonómicas.
Respuestas fundamentadas en el Real Decreto 390/2021 y el protocolo oficial del ICAEN.
No, es absolutamente ilegal y constituye un fraude administrativo grave. El artículo 8 del Real Decreto 390/2021 impone con carácter preceptivo que el técnico competente realice al menos una visita presencial in situ al inmueble para recopilar los datos de la envolvente térmica, orientación, carpinterías y sistemas de calefacción/ACS. Las ofertas en internet que prometen certificados "100% online" mediante fotografías o formularios sin visita presencial incurren en falsedad documental y vulneran el régimen sancionador del Real Decreto Legislativo 7/2015 (Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana), el cual tipifica esta práctica con multas de 300 € a 6.000 €. Además, la Dirección General de Energía y el ICAEN realizan inspecciones periódicas de expedientes, procediendo a la anulación de pleno derecho de los certificados emitidos sin visita, lo que invalida las escrituras notariales y contratos suscritos bajo dicho documento.
Visita presencial por arquitectos colegiados COAC en cualquier distrito de Barcelona o municipio del AMB. Precio cerrado de 250€ con tasa incluida y Nota Simple de regalo.
Gabinete Técnico Oficial · Colegiados COAC/CAATEEB · Sin cobros por adelantado